sábado, 3 de diciembre de 2016

Copago en la Educación Pública

EL EXPERIMENTO PARA IMPLANTAR EL COPAGO EN LA EDUCACIÓN PÚBLICA


Si, eso está ocurriendo en la Comunidad de Madrid.

Intentaré ser breve (difícil, eso sí). Es cronológico, y es el resultado tanto de la información que he recibido como la que he comprobado, pero es muy importante verlo desde la evolución inicial del proceso hasta estos momentos y cuyo resultado sería establecer el copago en la Educación Pública, por activa y/o por pasiva. Existe una curiosa secuencia de hechos y situaciones en todo el proceso y que se han de valorar. Y al final de lo acontecido explico a donde nos dirigimos.

Antes de continuar, afirmo que estoy a favor de la utilización de las Tablets en el entorno Educativo pero dentro de una pedagogía bien implementada, incluyendo las herramientas necesarias para ello.

Y en letra azul mis comentarios añadidos.

Hechos:

Curso escolar 2015/2016

Mayo de 2015

Los padres y madres se acercan a las reuniones de los IES para valorar la información que el Equipo Directivo de los mismos tienen que transmitir explicando el proyecto educativo del centro y poder decidir por parte de las familias si matriculan o no a sus hijos en el mismo.

Junio de 2015

Corre el rumor entre padres que en el curso de 1º de la ESO no se utilizarán libros físicos, sino digitales.

En la página web del centro aparece una información escueta en el que aparecen libros digitales para el 1º de la ESO, dentro de lo que comúnmente se llama mochila digital. 

Septiembre de 2015 (finales)

1ª Parte:
Reunión de padres con el Equipo Directivo. Explican su nuevo plan de utilización de las Tablets y los libros digitales en 1º de la ESO.
En dicho plan se informa que los profesores están recibiendo cursos en ese mismo momento para poder utilizar los libros digitales.
Se dan instrucciones detalladas de que modelo y características de Tablets deben de comprar los padres.
También, si alguna familia no puede permitírselo que hable con el Director para buscar soluciones.

2º Parte:
Miembros del AMPA intervienen inculpando al Director de haber infringido el Derecho de los padres a poder escoger el centro según el proyecto presentado por el mismo. La tensión y confusión aumentan, pues la AMPA añade que la utilización de las tablets no se ha debatido entre los padres. Un miembro del AMPA es contraria totalmente a que se utilicen dichas herramientas. Los padres y madres asistentes se encuentran ante esta nueva sorpresa, creando situaciones de enfrentamiento entre los que si están a favor y los que no. El Director corta por lo sano a la AMPA y a cualquier padre que le pregunte directamente sobre estas cuestiones, invitando a que ante cualquier duda se hable con él en su despacho a título individual.
Quedando en el aire solo la cuestión de si utilizar o no las Tablets.

Una vez acabada la reunión y debido a toda esta situación, un padre decide preguntar a los miembros del AMPA que es lo que está ocurriendo.
Le informan de la irregularidad en la que el Consejo Escolar aprobó el proyecto de la Tablet pues fue posterior al periodo que existe para ofrecer la información del proyecto educativo del Instituto para este curso y por ello, los padres se encontraban en una manifiesta vulneración en sus derechos, pues la opción de escoger el centro según su oferta educativa, y reflejadas en las normas que la propia Consejería de Educación dicta, no se habían cumplido. Además, uno de sus miembros estaba totalmente en contra de su utilización por estar convencido que a medio plazo es negativo para los alumnos, con diferentes tipos de argumentos. 
A su vez, que el profesado ni siquiera habían empezado realmente a recibir los cursos para poder utilizar los libros digitales como su herramienta educativa y que a la fecha en que estábamos era contraproducente para los alumnos.
 
También, que presentarían un escrito ante la Viceconsejería de Educación, y posiblemente a la Presidenta de la Comunidad de Madrid denunciando todas estas irregularidades.

Octubre de 2015

Debido a todo lo anterior, la Dirección decide realizar una encuesta para los padres de 1º de la ESO sobre si creen que las Tablets deben de utilizarse para dicho fin.
Sale mayoritariamente que si.
La Dirección no informa de que dicha encuesta la considera vinculante.

Noviembre de 2015

Los alumnos ya empiezan a trabajar las asignaturas con los libros digitales.

Diciembre de 2015

El padre en cuestión, se pone en contacto con el AMPA para averiguar en que punto estámos.
Le dejan leer la respuesta de la Presidenta de la Comunidad de Madrid. Y la impresión que recibió es que todo quedaba igual. Y así ha sido a fecha de escribir en este blog.

Febrero de 2016

Vuelve a ponerse en contacto con el AMPA para de nuevo saber algo más. No recibe respuesta alguna.

Marzo de 2016

Consigue localizar el email de la Vicepresidenta del AMPA. La misma, la Vicepresidenta, ha dimitido y se ha ido del Instituto por no estar de acuerdo con la política educativa de la Dirección.
Intenta ponerse en contacto con la Presidenta del AMPA y no recibe respuesta alguna.

Abril de 2016

Envía varios correos al email del AMPA para saber cuando se realizará una Asamblea. No obtiene respuestas.

Junio de 2016

El facebook del AMPA lanza un mensaje indicando que no hay Presidenta y que por dejación de sus funciones, el AMPA ha dejado de realizar sus tareas como Asociación desde meses atrás; que harán lo posible para convocar la Asamblea en cuanto puedan.

Curso escolar 2016/2017

Septiembre de 2016

Al entrar en la mochila digital por el inicio del curso escolar nos encontramos con una novedad. Aparece un elemento nuevo que no es un libro; es una "Plataforma y Software de Control", es decir, un software típico de Gestión y Control. Y en la que además, su descripción es tratada como si fuera un libro digital:




A los alumnos les indican que también deben de comprarlo. Algunos padres esperan a tomar una decisión hasta que el Instituto informe de que se trata. Cosa que nunca llegó.

Octubre de 2016

1ª Parte:
Reunión de padres, 1º de ESO primero y seguidamente de 2º de ESO.

En la reunión de 1º de la ESO no se menciona el nuevo elemento que aparece en la mochila digital del software de gestión y de control.

En la de 2º de la ESO si se menciona y es tratada como imprescindible por parte del Equipo Directivo y por tanto, los padres deben de comprarla.
Surgen los primeros conflictos al ser la Tablet de titularidad privada, instalar un software de Gestión y Control sin previa autorización de los padres y/o tutores legales y sin tener ningún tipo de información de qué es lo que se instala en una Tablet pues, tal como he comentado, es de titularidad privada.
Incluyendo, las presiones recibidas y dirigidas a algunos alumnos para forzar a que se compre dicho software.

Un grupo de padres de 2º decide solicitar una reunión con el Equipo Directivo para aclarar todos estos puntos.


2ª Parte:
Asamblea del AMPA. Coincidió con las tutorías iniciales del curso y que no fueron debidamente informadas a la AMPA para que no se solaparan con ellas y así, los padres pudieran tener más facilidad en asistir.

Solo quedaban dos miembros de la Junta Directiva, Secretaria y Tesorera. Explicaron la dejación de funciones por parte de la Presidenta y que por tanto si no se presentaba nadie como Presidente, el AMPA desaparecería. A su vez nos informaron que para ellas era su último curso en el Instituto.

Aunque inicialmente se llegó a una posibilidad de formar una nueva Junta Directiva, no se consigue reunir el mínimo de miembros necesarios para que vuelva a ser operativa en sus funciones.

Noviembre de 2016

Reunión de los padres de 2º de la ESO con Dirección.
Se destaca que un número indeterminado de padres asistentes poseían conocimientos informáticos y las consecuencias de lo que implica desconocer exactamente que se instalaba en sus Tablets. Así como el realizarlo sin consentimiento de los padres por ser de titularidad privada. A parte, dejar con claridad que la Dirección no era quién para presionar a sus hijos en la compra de dicho software.
También me indican que el Equipo Directivo menciona que la Inspección valora que si dicho software se encuentra dentro de la Mochila Digital, el problema del pago estaría resuelto siendo a cargo de los padres.

Al comprobar el poco nivel de información que poseía el Equipo Directivo sobre el software conflictivo, decidieron realizar otra reunión posterior con la empresa para aclarar dichas cuestiones. Mientras tanto, antes de dicha reunión, recibirían un informe de la empresa en donde reflejaba su responsabilidad ante el centro en todas aquellas cuestiones legales inherentes al mismo.

Diciembre 2016

Reunión de padres 2º de la ESO con la empresa dueña y suministradora del software de Gestión y Control junto con el Equipo Directivo y la Coordinadora TIC del centro.

Los padres ya disponen de la información conforme la empresa se responsabiliza de todo aquello que le corresponde. La misma tranquiliza a los padres.

La empresa explica que cumple todos los requisitos de seguridad, con conexiones a la wifi del centro de forma segura y que los datos de los alumnos se recogen del propio ordenador (servidor) que dispone el Instituto. Cumpliendo, por tanto, la Ley Orgánica de Protección de Datos. Y alguna curiosidad más.

Los padres exponen al Director que el problema principal ha sido la falta de información y que con ello, muchas de estas cuestiones conflictivas se hubieran evitado. Y que la autorización para su instalación y/o acceso a Internet debería de quedar reflejada de alguna manera, pues son menores de edad, menores de 14 años.

Se realiza una pregunta a la empresa sobre si dicho programa es exclusivo para la utilización del centro como uso en la Gestión y Control de los cursos que se realizan. Afirma que es así. Y se añade por parte del padre, y sin que el equipo directivo lo contradiga, que entonces no es material didáctico de uso exclusivo para el propio alumno, como pueda ser el libro digital. La empresa afirma dicho comentario.

El Director comenta que el uso de las tablets en la educación es el futuro. Ningún padre demuestra su disconformidad.
También muestra un libro en formato papel de 2º de la ESO en donde casualmente en una página impresa se solicita la autorización de los padres para acceder a Internet y así poder tratar el tema a estudiar. Y por ello, ha dado la orden al profesorado que esa parte no entre en el temario y por tanto se lo salten.
Posiblemente la Inspección pueda resolver el problema del software "conflictivo", a lo que un padre responde que es dudoso que lo pueda resolver, pues se acaba de reconocer que se necesita una autorización previa y recuerda que el uso del software es para el propio centro.
También comenta que hacía unos pocos días hubo una reunión de Directores de los IES  y que estaban muy interesados por el proyecto Tablet. Reconociéndose además, como el pionero en este proceso para implementar el uso de las Tablets de forma generalizada. 

Un resumen recibido y en negrita lo más preocupante:

1. Se ha explicado que reúne todos los requisitos de la Ley Orgánica de Protección de Datos, así como aquello que se refiere a seguridad. Tanto por parte de la empresa como del propio Instituto.
2. A partir de ahora mismo no se obliga a comprar el programa. Para aquellos que no lo tengan comprado e instalado se les darán las clases sin utilizar dicha herramienta.
3. Se pasará una circular a los padres con la información detallada de que el software cumple con los requisitos de LOPD y qué consecuencias tiene la desinstalación por parte de los padres.
4. Los IPAD no permiten que dicho programa funcione correctamente. "En este curso" se sustituirá por otro a aquellos padres que lo necesiten.
5. Se ha tomado en cuenta la idea de una madre, pero sin comprometerse por parte del director, pues ello tiene un coste, el añadir al software una clave exclusiva para los padres y poder desactivar o desinstalar el software si los padres así lo deciden. 
6. En un momento determinado ha quedado claro que no es  material educativo de utilización por el propio alumno. Es material de uso para el centro.
7.  El software queda automáticamente anulado fuera del horario escolar. Volviendo a ser una Tablet de uso privado.



VALORACIÓN

Toda esta exposición ha sido realizado por el conjunto de información recibida a través de varios padres y madres del Instituto y cotejadas para que sea lo más veraz posible.

¿Es una conspiración? No, no lo es.
Es debido a como funciona el propio Sistema en el que vivimos. El Sistema se basa en dar la suficiente fortaleza a una parte del propio Sistema para engullir a aquellos puntos débiles del mismo Sistema. Véase lo ocurrido con el AMPA, con los padres y madres, con los alumnos y de forma instrumental, al propio Consejo Escolar.

¿Era un proyecto o un experimento? Era un proyecto educativo.

¿Se ha convertido en un experimento? Si.
Lo es porque el propio Sistema lo permite. Se ha llegado a él porque son las reglas del Sistema. Causa y efecto.

¿Es un experimento político? Ahora, ya si.

Causa y efecto:
Siglo XXI. Hemos llegado en un momento histórico en que el uso de las herramientas informáticas a todos los niveles se han convertido en una necesidad. Y por supuesto, en los procesos educativos, no se pueden obviar.
El proyecto de la Tablet en la educación, está basado en el párrafo anterior.

Sin embargo, nuestro Sistema educativo está organizado en lo que un alto cargo político de la Consejería de Educación me explicó no hace mucho tiempo. Ellos solo tomaban decisiones si los miembros de la Comunidad Escolar, el del sector padres en concreto, realizaban aquellas iniciativas o reclamaciones en las que demostraran sus inquietudes con sentido y coherencia, y siempre dentro de su ideología.
Evidentemente, la LOMCE ha limitado, o incluso anulado, dichas iniciativas o reclamaciones. Véase, de nuevo, el final acontecido con el AMPA, así como el papel del Consejo Escolar. Causa y efecto del Sistema.

Si se ha leído detenidamente la parte de los HECHOS, vemos como poco a poco se ha profundizado en la necesidad de actualizar el modelo pedagógico convirtiéndolo en una GRAN necesidad, de tal manera que no importa el cómo llevarlo a la práctica.

Los padres se encuentran de pronto con novedades inesperadas y que las mismas forman parte de una necesidad social. Al principio, los padres no saben muy bien que hacer, pero el hecho de que otros padres ya compren las tablets y los libros digitales les hace claudicar sin saber que es exactamente dicho proyecto educativo. Pasa el tiempo y aparecen nuevas "necesidades" por parte del centro y... nadie de la Administración recuerda la gratuidad de la Educación Pública, según las leyes existentes.

Todo ello me recuerda a la famosa parábola de la rana y la olla

La última decisión de la dirección en el que deja de ser obligatorio la compra del software de Control y Gestión por parte de los padres tienen unas consecuencias predecibles. El copago educativo obligatorio.

Argumentos:

1º El mantener en una misma clase dos sistemas pedagógicos totalmente diferentes impartidos por el profesor generará no sean efectivas. El profesorado se lo comunicará a la Dirección y éste a su vez decidirá crear grupos diferenciados. Algunos les llamarán los "afortunados" y al otro grupo, los "desafortunados".  Es decir, que uno de los principios de la educación, la inclusión, se verá vulnerado. Todo ello creará un estado de malestar en la Comunidad Educativa y el político de turno decidirá crear una norma de rango de Ley bajo los principios "por interés general de la educación" y que como mínimo el software mencionado se deba de tratar como si no fuera de uso exclusivo del centro.

2º Sería la primera vez que un material que no usa el alumno, pues no es material didáctico... lo deban de pagar los propios padres.

3º Se crearía el precedente que cualquier "necesidad" de un centro público decidida por un Director o un Claustro de Profesores, el coste sea a cargo de los padres, pues no solo existen herramientas educativas del tipo software mencionado, hay muchas más herramientas que pueden entrar en dicha casuística.

Nos ha tocado ser el experimento político de turno. 

Apunte final, evito exponer la cantidad de leyes educativas vigentes, excepto dos que son la base de la Educación Pública, y por tanto, bajo el desarrollo legislativo posterior con sus normas y reglamentos, pero siempre según el criterio de las mismas:

Art. 27 apartado 2 y 4. La Constitución Española.

http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=15&fin=29&tipo=2

Art. 1 apartado 1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978

¿Soluciones?
...


No hay comentarios:

Publicar un comentario